Conforme lo establece el Artículo 27 -C del Reglamento Interno, el CAFAE INEN puede otorgar BONOS ECONOMICOS en los meses de Julio y diciembre.
En Sesión Extraordinaria el CAFAE INEN podrá acordar que, de tener el trabajador una deuda pendiente, se descuente del BONO y/o se le entregue la diferencia, en caso de existir.
La entrega del BONO no constituye un derecho laboral.
El monto de los BONOS está en función a los ingresos y disponibilidad de recursos del CAFAE INEN y son aprobados en Sesión Extraordinaria.
Para ser beneficiario de los BONOS se requiere tener la condición de trabajador activo del INEN, conforme el Listado que proporcione la Oficina de Recursos Humanos.
El trabajador del INEN beneficiario del BONO deberá suscribir el Listado proporcionado por la Oficina de Recursos Humanos, en las fechas que previamente establezca el CAFAE INEN.
En caso el trabajador no haya obtenido el BONO, deberá presentar su solicitud sustentando el motivo, la cual será evaluada en Sesión del CAFAE INEN, para que decida sobre su procedencia.



